Denuncia
contra los médicos responsables
de Sanidad Policial
directamente encargados del Escuadrón Móvil Anti Disturbios (ESMAD)
responsables por los hechos en los cuales fue asesinado el menor de edad (15
años) Nicolás David Neira Alvares el día primero de mayo de 2005
Bogotá
D.C., Mayo 8 de 2005
Ciudad
Yo (nombre)
amparado en la Constitución Política y la Ley
presento
una
denuncia
e
interpongo una
querella
respectivamente contra
1. El personal policial con funciones sanitarias del Escuadron Móvil Anti Disturbios (ESMAD)
2. Los médicos de Sanidad Policial directamente encargados del Escuadrón Móvil Anti Disturbios
responsables por los hechos en los cuales fue
asesinado el menor de edad
(15 años) Nicolás David Neira Alvares el día
primero de mayo de 2005; quien fue golpeado por varios
policías del Escuadron Móvil Anti Disturbios (ESMAD) de la Policía
Nacional, en las marchas de manifestación de ese día en Bogotá, por lo cual
tuvo que ser remitido a una clínica, donde falleció como consecuencia de los
traumatismos producto de la golpiza, el día 6 de mayo de 2005, hechos de los
cuales me he enterado por diferentes medios de comunicación.
El Fiscal puede acudir al Director de Sanidad de la
Policía Nacional para que le indique quienes son los médicos responsables.
Fundamentos:
El policía con funciones sanitarias legalmente tiene
posición de garante en casos de enfermedad,
está facultado y por ende es responsable de las
emergencias médicas que surjan en la actuación policial, como en caso de
heridos y especialmente cuando se trata de alguien bajo protección especial.
Ante una persona herida, todo el personal sanitario policial debe brindar
auxilio y se debe regir por las normas sanitarias. En este caso, todo el
personal sanitario de la policía y en particular del Escuadrón Móvil Anti
Disturbios, debían prestar auxilio médico al menor de edad herido y actuar como
sus garantes aun en contra de los demás policías, quienes
presumiblemente le estaban golpeando. No hacerlo constituye una falta grave
contra las exigencias legales a todo personal sanitario y mucho más grave por
tratarse de un auxilio no brindado a una persona protegida especialmente por la
Constitución como lo era Nicolas Neira Alvares, por tratarse de un menor de
edad. (véase el Código de Ética Médica - Ley 23 de 1981 y Constitución Política
de Colombia).
En
asuntos médicos es exclusivamente competente el médico. Sólo el médico es competente y
responsable en casos de emergencia médica. Y este era un caso de emergencia
médica. Según las versiones de los medios de comunicación, Nicolás David Neira
Alvares estaba herido por los golpes propinados por los policías del
ESMAD, por tanto, debía ser atendido médicamente, y su suerte como
paciente estaba bajo responsabilidad médica del personal sanitario de la
policía en particular del ESMAD. La relación médica tiene prelación en estos
casos, como sucede también en casos de inimputabilidad por razones de
enfermedad. Como es sabido la enfermedad tiene prioridad absoluta tanto en la
policía como en la fiscalía y también en los tribunales.
La
Dirección de Sanidad Policial está encargada de todos los asuntos médicos
concernientes a la policía. Los médicos de Sanidad Policial son responsables de
las emergencias médicas que deriven de las operaciones policiales. Como médicos están
obligados legalmente a ser garantes de TODO el que necesite auxilio, y tienen
toda responsabilidad directa de las relaciones médicas que surjan como
consecuencia de los hechos en los que están involucrados en razón de sus cargos
específicos (véase Código de Ética Médica). En este caso los médicos de
Sanidad Policial y especialmente los encargados del ESMAD son responsables de
toda relación médica que se derive de los actos en los que están involucrados
los policías del ESMAD, (véase ”objeto del sistema de sanidad policial ...
servicio de salud inherente a las operaciones militares y policiales”
Art. 2 de la Ley 352 de 1997), son responsables por TODAS emergencias médicas
que sucedan en las acciones del ESMAD, no sólo contra miembros de la policía,
sino también son responsables de las emergencias médicas ocasionadas por el
ESMAD contra otros, como presumiblemente en este caso contra el menor Nicolás
Neira Alvares.
Ante casos de emergencia médica como ésta, los médicos de Sanidad Policial son los responsables. Ellos son responsables igualmente si no hacen acto de presencia, son responsables igualmente si participan durante la operación en el lugar o no. Son ellos, quienes dirigen la operación y deciden el procedimiento. Son los que fijan las normas y los estándares (por ejemplo los llamados estándares "sanitarios") de estos procedimientos; ningún golpe va o viene sin su consentimiento.
Para determinar la imputación objetiva de los médicos debe tenerse en cuenta también que:
legalmente como garantes,
los médicos están obligados a defender a los enfermos
(”principio de defensa”) y no pueden simplemente limitarse a suponer la ‘buena
fe’ (”principio de confianza”) en la
actuación de los demás, por ejemplo, no pueden confiar en la ‘buena fe’ de los
policías a su cargo.
Los
médicos de Sanidad Policial encargados, son además reponsables del personal
policial con funciones sanitarios en las operaciones policiales. Son los médicos de Sanidad
Policial los encargados de instruirles y dirigirles.
El
médico de Sanidad Policial, por su formación y posición
social, está facultado y en el deber de prever las consecuencias (riesgos) que
se derivan para los involucrados en todas operaciones policiales, no sólo para los policías
sino para los afectados por los policías. También está encargado
de determinar las condiciones médicas de los policías a su cargo. En
este caso, los médicos de Sanidad Policial debían, entre otras cosas,
tener en cuenta toda posible propensión, llamada médicamente
"neurótica y compulsiva" a hacer daño indiscriminado a los
demás, por parte de los policías a su cargo, quienes han
golpeado brutalmente al joven Nicolás Neira hasta asesinarlo; tal
propensión a hacer daño, se convierte
efectivamente en una bomba bajo las condiciones de 'stress', también
provocadas médicamente, a las que están expuestos los policías y sus afectados
en estas situaciones; de esa propensión y sus consecuencias (riesgos) -en este caso
mortales para Nicolás Neira- debía y deben hacer previsión los médicos de
Sanidad Policial en su calidad de garantes, y estaban en la capacidad de
hacerlo; es decir que ellos, como médicos, son quienes han permitido
exponer a los policías y a las víctimas de los policías, todos pacientes a su
cargo, a esas condiciones y son responsables por las consecuencias, es decir
que los médicos de Sanidad Policial son los principales responsables de la emergencia médica que
ocasionó la
muerte de Nicolás Neira Alvares.
Legalmente
las inhabilidades contra los policías dictaminadas por los médicos de Sanidad
Policial deben propender a proteger tanto a los policías como a la comunidad.
Previendo las consecuencias mortales que pueden ocasionar los policías, los
médicos de Sanidad Policial deberían inhabilitar a esos policías para sus
cargos en el futuro y debieron haber inhabilitado previamente a los policías
que asesinaron a Nicolás Neira Alvares. Los médicos de Sanidad
Policial estaban en la facultad y el deber de determinar esa inhabilidad; pero
esta inhabilidad, no obstante, NO eximiría de ninguna responsabilidad a
ningún policía que hubiese estado involucrado en la golpiza criminal que
ha acabado con la vida del joven Nicolás Neira, sino que agravaría la
responsabilidad de los médicos de Sanidad Policial encargados. Ahora se trata
de inhabilitar penalmente a los médicos responsables, sin detrimento de las
acciones penales de oficio contra los presuntos policías involucrados en el
asesinato de Nicolás Neira Alvares.
Sólo
debo añadir que aquí no se trata de pedir auxilio a los médicos de Sanidad
Policial, pues ya el daño ha ocurrido a pesar y debido a esos médicos; mucho
menos el demandante -ni lejanamente- espera que en el futuro ningún médico
pueda garantizar otra cosa que no sean bolillazos y pedradas. Aquí se trata de
demandar a los médicos como responsables supremos por los HECHOS Y FUNDAMENTOS
mencionados.
Si
el fiscal o alguien más se pregunta ¿por qué los médicos?, debo responder que
la historia del SPK/PF (Colectivo Socialista de Pacientes / Frente de
Pacientes) deja constancia de que cada cual puede y deberá llegar a la
conclusión de que se deben atacar a los médicos como responsables de estos
hechos; no en último lugar, porque los médicos convierten los efectos de la
opresión y la explotación capitalista en diagnósticos que les permitan explotar
capitalistamente la enfermedad en forma de terapias y así intentar ahogar la
protesta inherente a la enfermedad. Pero, el SPK/PF es una prueba de que el final de la opresión médica, es decir
de toda opresión, es posible en virtud de la enfermedad. Este saber todos pueden llegar a comprenderlo
activamente
haciendo SPK/PF
porque TODOS somos pacientes.
Por
tanto, debe seguirse proceso penal contra los médicos y el personal sanitario
de la policía encargados, por todas razones penales que se deriven de los
hechos mencionados en particular por el delito de homicidio del menor de edad
Nicolás David Neira Alvares y todos otros daños de carácter penal que sean
consecuencia de la acción u omisión médica del personal
sanitario y médico de la policía.
PF/SPK(EMF Colombia)
08 Mayo 2005
(Quien quiera colaborar activamente puede llevar él mismo una denuncia a la fiscalía y repartir ésta a otros)
A causa del asesinato, por ejemplo de Oscar Salas, esta denuncia es un ejemplo practicable hoy todavía, desafortunadamente, y por eso está más necesario que nunca: ! PASAR A LA OFENSIVA! !No sólo es justo y necesario sino EFICAZ!
EL CAMINO DE SALIDA DE LA TORTURA ESTÁ EMPEDRADO CON MÉDICOS ROTOS
Marzo de 2006 - |
Frente de Pacientes / Colectivo Socialista de Pacientes -
PF/SPK EMF Colombia |