La acción fue victoriosa. La vacunación NO es obligatoria.

 

La voluntad del paciente tiene máxima prioridad legal y jurídica.

No debe haber vacunación médica coercitiva

 

Sr. Presidente de la República

Dr. Juan Manuel Santos Calderón

Presidencia de la República de Colombia

Bogotá D.C., 8 de marzo de 2013

REF.: Derecho de Petición. Objeción presidencial a proyecto de ley.

 

LA VOLUNTAD DEL PACIENTE TIENE MÁXIMA PRIORIDAD LEGAL Y JURÍDICA.

NO DEBE HABER VACUNACIÓN MÉDICA COERCITIVA

Por la presente solicitamos que su despacho objete el proyecto de ley No. 260/2012 Senado – No. 028/2011 Cámara, "por medio de la cual se garantiza la vacunación gratuita y obligatoria a la población colombiana objeto de la misma, se adoptan medidas integrales para la prevención del cáncer cérvico uterino y se dictan otras disposiciones."

Fundamentos de Hecho y de Derecho:

  1. El proyecto de ley mencionado contempla la así llamada vacunación contra el VPH o cáncer del cuello uterino, con carácter obligatorio para todas las niñas menores de edad en rangos de 9 a 18 años.

  2. Este proyecto de ley coarta la prioridad legal y jurídica que tiene la voluntad del paciente a rechazar tratamientos médicos, que está amparada constitucional y legalmente, así como por los tratados internacionales.

  3. La administración de tratamientos médicos obligatorios está prohibida legal y jurídicamente. La voluntad de los pacientes tiene máxima prioridad legal y jurídica. Si el paciente rechaza someterse a un tratamiento médico, sea el que sea, como en este caso una vacunación, debería respetarse su voluntad. Según la Carta de Derechos Humanos de la ONU y según las declaraciones de Tokio (1975) y de Lisboa (1981) por parte de la Asociación Médica Mundial, a todos los médicos en todo el mundo les está prohibido actuar en contra de la voluntad de los pacientes. A ningún médico le está permitido imponer forzosamente ninguna medida médica. Al médico no le está permitido seguir normas ni leyes que estén en contradicción con estas declaraciones de la Asociación Médica Mundial que son obligatorias para todo médico. Estas normas médicas tienen carácter legal. Incluso los médicos están obligados según esas declaraciones a oponerse a normas y actos administrativos que impongan medidas médicas coercitivas a los pacientes y garantizar que el rechazo de medidas médicas no perjudique al paciente. Las declaraciones mencionadas de la Asociación Médica Mundial y también la Carta de Derechos Humanos de la ONU, así se lo exigen.

  4. La Constitución y la Ley colombianas son coherentes con la legislación y la jurisprudencia internacional antes citadas, pues también amparan expresamente la autonomía y voluntad del paciente en tanto caen dentro del ámbito del derecho fundamental a la autonomía personal (Art.16 de la Constitución Nacional), y así mismo la ley colombiana explícita y taxativamente prohíbe al médico realizar medidas médicas sin el consentimiento del paciente (Art.15 de la Ley 81 de 1981 - Código de Ética Médica), tal como lo ha ratificado la jurisprudencia de los altos tribunales colombianos (por ejemplo, véase sentencia T-559 de 1995 de la Corte Constitucional). El consentimiento informado y el respeto de la voluntad del paciente no es una mera formalidad sino un derecho del paciente y una obligación legal del médico hacia el paciente.

  5. No fue sin razón alguna que la Asociación Médica Mundial hubiera fijado las respectivas declaraciones de compromiso para los médicos, y que ellas hagan parte expresa de la legislación de muchos países en forma del consentimiento informado y los códigos de ética médica. Había contundentes pruebas de que mundialmente, y no sólo durante la segunda guerra mundial ni solamente bajo el régimen NAZI, sino por doquier y todavía recientemente, los médicos con su arsenal médico llevaron a cabo tratamientos forzosos, experimentación y torturas tan efectivos como les fue posible, y que además impidieron la muerte (¡frecuentemente la última opción de los torturados!) de las maltratadas víctimas torturadas, para así poder torturarles otra vez. Esterilización coercitiva, experimentos con armas biológicas, químicas y nucleares. Uso de cobayas humanas para experimentos médico-militares y/o médico-comerciales, etc. Fue precisamente bajo la presión del público internacional ante estas atrocidades médicas, que fueron aprobadas las citadas declaraciones que prohíben mundialmente a todos los médicos actuar en contra de la voluntad de los pacientes y aplicar medidas forzosas.

  6. Fue la justa protesta de la gente afectada, familiares de mutilados y asesinados, gente maltratada y afectada, pero no vencida por las atrocidades de los médicos, la que ha conseguido establecer derechos para la gente misma, para todos, como el que la voluntad de los pacientes tenga la más alta prioridad legal y jurídica, que le pone al menos un mínimo coto y freno al despotismo de los médicos. Así que es un deber ciudadano impedir que se arrebaten esos derechos a la población. Cualquier flexibilidad en esto conduce inmediatamente a una resbaladiza pendiente letal, que no sólo disuelve los derechos ciudadanos más básicos y los mecanismos legales mínimos contra el autoritarismo, sino que las consecuencias las pagan con la vida los pacientes o sea la gente misma.

  7. Sobre esta vacuna en particular, son bien sabidas las denuncias e investigaciones realizadas en otras partes del mundo contra los así llamados efectos colaterales de las dosis de estas vacunas, y la propensión en preadolescentes a la agudización de los síntomas, con reportes respecto al incremento del dolor, inflamación y hematomas en las zonas de aplicación, mareos y desmayos luego de las aplicaciones, sobre todo cuando se aplican en conjunto con otras vacunas, como las de tétanos, meningitis, hepatitis entre otras, añadida la reconocida ineficacia para prevenir realmente la sintomatología así llamada "virus del papiloma humano", ineficacia que sólo es superada por los previsibles y conocidos efectos así llamados secundarios, o sea efectos nocivos y letales.

  8. Adicionalmente debe tenerse en cuenta que por ejemplo de acuerdo con las mismas cifras de los médicos, desde que se han iniciado las campañas masivas se han reportado miles de casos de efectos adversos y decenas de muertes subsiguientes a la administración continuada de las dosis. ¿Coincidencia? ¿El presidente cree en las coincidencias? Nosotros no. En todo caso el presidente no puede avalar una medida con base en la incertidumbre de sus efectos cuando la eventualidad previsible es el daño corporal grave y la muerte de mujeres y niñas. La prudencia y la precaución no es en este caso una virtud sino un deber legal mínimo para el presidente. En todo caso, la última decisión al respecto no le corresponde a ninguna autoridad, mucho menos al médico, sino al paciente mismo: se trata de su propia vida y de su propia integridad física.

  9. En España, para citar un solo ejemplo, se han reportado cientos de casos de efectos adversos y decenas de muertes. Se han señalado fuertes cuestionamientos a la utilidad y seguridad en las aplicaciones, incluso los mismos médicos allí, reconocen y advierten que los estudios hechos son demasiado cortos en el tiempo para ser concluyentes sobre la eficacia y menos sobre la nocividad y letalidad así dicha colateral. Para los pacientes ante la incertidumbre sobre la nocividad de un tratamiento médico es preferible la prudencia y el rechazo a ser tratados, pues arriesgarse a confiar ciegamente en el médico les puede conducir a la muerte o a una lesión grave.

  10. La vacuna todavía está en fase de estudio, según se reconoce públicamente, incluso por la misma literatura médica oficial y establecida. Aún se están realizando estudios sobre la vacuna, y se desconocen datos sobre su eficacia, no hay siquiera consenso entre los médicos sobre las dosis según ellos necesarias para una presunta inmunización. ¿Es entonces esta ley una manera de forzar a las niñas y mujeres de Colombia a ser conejillas de indias y cobayas de laboratorio para el interés de los médicos y su negocio sanitario y farmacéutico? No, esto es intolerable e ilegal al más alto grado y una violación flagrante de los derechos fundamentales de esas niñas y sus familias, por no decir de la población en general.

  11. Ya es conocido que las vacunas que van a administrarse contienen neurotoxinas y toxinas metabólicas. Hay que contar con graves daños corporales: dolor de cabeza, mareos, trastornos de concentración, caída de dientes, diarrea, úlceras estomacales e intestinales, trastornos visuales y auditivos, trastornos del habla y del equilibrio, parálisis subiendo desde los pies hasta una parálisis respiratoria letal, cáncer, daños al hígado y los riñones, enfermedad de Alzheimer, autismo en los niños. Estos daños están documentados y son bien conocidos por los médicos. Un gran número de otras sustancias contenidas es mantenido en secreto. Por consiguiente hay que contar con más complicaciones que constituyen un peligro para la vida, desde las reacciones alérgicas no previsibles hasta un shock mortal.

  12. Todo esto es enriquecido entre otras cosas con los venenos industriales mercurio, aluminio y formaldehído, de mala fama por ser cancerígenos. Las vacunas son residuos tóxicos con los que se cargan las jeringas, con el efecto de neurotoxinas y toxinas metabólicas. Lo que se llama vacuna, sustancia para la vacunación, es una sustancia letal. Los daños de la intoxicación no se quedan limitados a los vacunados. Tienen una tendencia a extenderse hasta la próxima generación, estos daños son metidos en la cuna de los futuros niños.

  13. Las vacunaciones no tienen efecto alguno, excepto que hacen daño. Eso se sabe desde que hay vacunaciones. En 1796 el médico rural inglés Jenner había grabado en la piel de la gente viruelas de vaca para comprobar si esto tenía algún efecto contra las viruelas temidas en seres humanos. El hijo de Jenner se murió. Jenner nunca pudo demostrar que mediante las viruelas de vaca se pudiera conseguir una inmunización contra las viruelas de seres humanos. Más tarde él mismo advirtió insistentemente ante los peligros de la vacunación. Pero el negocio con la vacunación se había puesto en marcha ya y los médicos mantenían en secreto todos los incidentes de la vacunación.

  14. La Organización Mundial de la Salud ha vacunado en la India durante varios años a millones de personas contra la tuberculosis. Las consecuencias catastróficas debían ser mantenidas en secreto, pero en 1971 salieron a la luz: La vacunación contra la tuberculosis no tuvo absolutamente ningún efecto. Pero los beneficios de miles de millones estaban en la arcas.

  15. En 1930 en Luebeck (Alemania) 250 niños fueron forzados a vacunarse contra la tuberculosis. Más de la cuarta parte de los niños murieron en el acto, apenas un niño salió con vida sin discapacidad. Este experimento cuyo final mortal era conocido, ha repetido a escala masiva en la India la Organización Mundial de la Salud 40 años más tarde, con el resultado ya anteriormente conocido. Miles de indios están marcados todavía hoy por los daños –si todavía viven.

  16. Quien después de una vacunación se queja de dolores de cabeza y mareos, no se acuerda de nada y no puede dormir, está inquieto y alterable, tiene caída de los dientes, diarrea, trastornos de la vista, trastornos del oído, trastornos del habla, pierde el equilibrio al andar, tiene parálisis que sube desde los pies hasta una parálisis respiratoria mortal, si se producen úlceras en el estómago y los intestinos, cáncer y daños del hígado y de los riñones, Alzheimer y Parkinson,- él sabe de dónde proviene esto. Ningún médico se lo revelará. A los niños les afectará todavía peor. Cuantas más vacunaciones, más niños dañados. Todo esto sabido por los médicos desde hace tiempo.

  17. Tomando como ejemplo la manera en que se realizan las vacunaciones masivas, por ejemplo la pasada y reciente campaña de vacunación "voluntaria" contra el VPH aquí en Colombia el año pasado, es bien sabido que las niñas son puestas en fila y vacunadas en los colegios y centros de salud, sin ninguna prueba previa ante la previsible eventualidad de que la niña sea alérgica a uno o más de los componentes, ninguna prueba previa previendo que la niña pueda sufrir un efecto adverso grave, no, nada de eso, se les vacuna automáticamente, indiscriminadamente, el consentimiento informado incluso una mera formalidad; eventualmente alguna niña, por sus condiciones específicas experimentará un choque anafiláctico grave que puede incluso llegar a ser letal (paro respiratorio), como está bien documentado por la propia literatura médica. ¿Está obligada la población a someterse a ello sin chistar y a que sus hijas pasen solamente a engrosar la estadística previsible de daños "colaterales" de la vacuna? ¿No tiene derecho la gente a seguir el principio de precaución y protegerse a sí misma rechazando ser vacunada ante la eventualidad previsible de caer gravemente dañada o incluso muerta? Sí, lo tiene, su voluntad y su precaución tiene prioridad legal y jurídica y a ella debe someterse el médico. La ley no puede revocar este derecho constitucional, no se puede, bajo ningún pretexto ni supuesto beneficio, obligar a nadie a asumir el riesgo de caer lesionado gravemente o incluso muerto ni a exponer a sus hijas a ello. Nadie está obligado a sacrificarse en aras de ninguna política sanitaria médica. Ayer fue "voluntaria", hoy obligatoria, ¿una reacción médica para reprender la protesta de la gente que de manera creciente y radical se resiste y rechaza dejarse vacunar por los médicos?, en efecto.

  18. Entonces las consecuencias nocivas y letales están previstas: También en la próxima vacunación habrá muertos y mutilados en masa. ¿Es la ley una forma descarada de legalizar el homicidio y las lesiones corporales graves perpetradas por médicos, a favor del dominio médico y de las ganancias de la industria médico-sanitaria, o sea a favor de los médicos nada más? Decir que es gratuita es un eufemismo y una trampa para confundir a la población y encubrir que es pagada con el erario público por la misma gente, que está siendo abusivamente forzada a dilapidar sus recursos colectivos en una vacuna que de lejos está entre las más costosas del mercado pero que no es ni menos inútil ni menos dañina que las demás. A propósito, también no es menos preocupante que de todas sus víctimas, también de las producidas por las vacunas, los médicos ya tienen el "consentimiento" presunto para en dado caso y fabricada la ocasión, declararles "muertos cerebralmente", y así poder matarles mediante cirugía de extracción de órganos. También se sabe que quieren legalizar el asesinato mediante eutaNAZIa por doquier. Pero también existen las acciones jurídicas de la gente que se opone, y ocupan a jueces y fiscales alrededor del mundo. Pero sea aquí la referencia a un pertinente ejemplo que contextualice mínimamente el esfuerzo tenaz de los médicos por reconquistar su poder de actuar e incluso matar libremente, sin permiso y en contra de la voluntad de la gente. No obstante, volviendo a esta ocasión: la vacunación obligatoria y forzosa está prohibida legal y constitucionalmente a pesar de los intereses privados médicos que se le intentan oponer.

  19. Existe el derecho fundamental a la vida y existe el derecho fundamental a la integridad física. Cada vacunación es una intervención prohibida en el derecho fundamental a la integridad física, punible como lesión corporal grave y peligrosa y como tentativa de asesinato, tanto más si es forzosa. Nadie puede ser obligado y forzado a dejarse dañar por vacunaciones o a dejarse matar,
    por una vacuna que:

En resumen:
Los médicos responsables en cada seccional de salud, hospital, puesto de salud y relacionadas brigadas de vacunación, son autores de daños a la población civil. Así de simple, de claro y de grave, aunque ahora el congreso pretenda ampararles la fechoría.

Ni siquiera los médicos se han tenido que molestar en fabricar una epidemia, como han hecho en 2009 con la así dicha epidemia de gripe que nunca existió, para intentar justificar una vacunación masiva contra el así dicho VPH, incluso en este caso falta ese pretexto, no obstante, se pretende desangrar abusivamente los recursos públicos mientras se provocan daños graves y muerte a la población que se quiere forzar a someterse a ello, pretendiendo proteger con un escudo legal a los médicos que lo lleven a cabo, aunque así se deroguen los derechos fundamentales de la población.

¿Qué es esto? ¿Otro paso más en la toma del poder por parte de la clase médica?

¿Un paso más para consolidar su dominio sobre la población?

¿Doctadura? Sí, en efecto.

¿Es eso compatible con la función legal del congreso o más bien su derrocamiento por parte de la clase médica? ¿Es esto compatible con la función legal de la presidencia? ¿Se va dejar derrocar por los médicos también el presidente? Pero el presidente de la república no está obligado a someterse a los médicos sino a defender los intereses de la población.

¿Qué hacer?

Los pacientes han de considerar que:

Quien a pesar de todo vacune, quien haga propaganda para una vacunación, quien haga preparativos organizativos, comete lesión corporal a escala masiva, es un asesino en masa que constituye un peligro público y hace guerra contra la propia población. Hay que detener a los denunciados y arrestarles en aislamiento celular. Existe peligro de entorpecimiento de la acción judicial.

Por tanto, para la población queda como mínimo denunciar ante la fiscalía para que se siga proceso penal contra los médicos y demás cómplices por los delitos de coacción, lesiones corporales graves y tentativa de homicidio.

Solicitud expresa al presidente:

Para el presidente de la república queda el deber legal mínimo de:

Oponerse a la mencionada ley mediante objeción presidencial a la misma.

LA VOLUNTAD DEL PACIENTE TIENE MÁXIMA PRIORIDAD LEGAL Y JURÍDICA.

NO DEBE HABER VACUNACIÓN MÉDICA COERCITIVA

 

Firma,

PF/SPK EMF Colombia, 03.04.2013

En Colombia la vacunación VPH ("contra el virus del Papiloma Humana") NO es obligatoria - Acción de inconstitucionalidad